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LIMPIEZA DE SOLARES Y TERRENOS

BANDO MUNICIPAL
SANTIAGO ALARCÓN LOZANO, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE YESTE
HACE SABER A TODOS LOS VECINOS Y VECINAS DE ESTE MUNICIPIO:
Que, con la llegada del periodo estival y el consiguiente aumento de las temperaturas, se hace necesario extremar las medidas de prevención de incendios y de mantenimiento de la salubridad, seguridad y ornato público en todos los terrenos, solares y edificaciones del término municipal de Yeste.
Que el artículo 14 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Yeste (B.O.P. nº 89 de 30/07/2018) establece la obligación de los titulares de construcciones, edificios, terrenos y solares de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. En particular, respecto a los solares y terrenos, existe la obligación de su limpieza periódica, gestionando los residuos que pudieran encontrarse en los mismos y manteniéndolos libres de hierba o vegetación de crecimiento espontáneo que pueda suponer un riesgo para la seguridad y salubridad ciudadana, debiendo proceder, en caso de necesidad, a su limpieza y desratización por empresa autorizada.
Que el incumplimiento de dicha obligación constituye una infracción leve prevista en el artículo 28 de la citada Ordenanza, pudiendo dar lugar a la incoación del correspondiente expediente sancionador.
Por todo ello, en uso de las competencias que tengo legalmente conferidas,
Vengo a requerir a todos los propietarios y propietarias de solares, terrenos y edificaciones de este municipio a que procedan, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la publicación del presente bando, a la limpieza íntegra de los mismos, incluyendo:
• Desbroce y eliminación de toda vegetación espontánea (hierbas, matorrales, etc.).
• Retirada de residuos sólidos, escombros, enseres abandonados o cualquier otro material combustible o insalubre.
• En caso de acumulación de plagas, contratación de una empresa autorizada para su desratización y desinsectación.
Se advierte expresamBANDO MUNICIPAL
SANTIAGO ALARCÓN LOZANO, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE YESTE
HACE SABER A TODOS LOS VECINOS Y VECINAS DE ESTE MUNICIPIO:
Que, con la llegada del periodo estival y el consiguiente aumento de las temperaturas, se hace necesario extremar las medidas de prevención de incendios y de mantenimiento de la salubridad, seguridad y ornato público en todos los terrenos, solares y edificaciones del término municipal de Yeste.
Que el artículo 14 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Yeste (B.O.P. nº 89 de 30/07/2018) establece la obligación de los titulares de construcciones, edificios, terrenos y solares de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. En particular, respecto a los solares y terrenos, existe la obligación de su limpieza periódica, gestionando los residuos que pudieran encontrarse en los mismos y manteniéndolos libres de hierba o vegetación de crecimiento espontáneo que pueda suponer un riesgo para la seguridad y salubridad ciudadana, debiendo proceder, en caso de necesidad, a su limpieza y desratización por empresa autorizada.
Que el incumplimiento de dicha obligación constituye una infracción leve prevista en el artículo 28 de la citada Ordenanza, pudiendo dar lugar a la incoación del correspondiente expediente sancionador.
Por todo ello, en uso de las competencias que tengo legalmente conferidas,
Vengo a requerir a todos los propietarios y propietarias de solares, terrenos y edificaciones de este municipio a que procedan, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la publicación del presente bando, a la limpieza íntegra de los mismos, incluyendo:
• Desbroce y eliminación de toda vegetación espontánea (hierbas, matorrales, etc.).
• Retirada de residuos sólidos, escombros, enseres abandonados o cualquier otro material combustible o insalubre.
• En caso de acumulación de plagas, contratación de una empresa autorizada para su desratización y desinsectación.
Se advierte expresamente que, en caso de incumplimiento voluntario de esta obligación, el Ayuntamiento procederá a la ejecución forzosa y subsidiaria de las labores de limpieza, girándose el coste de las mismas a los propietarios obligados, sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador por infracción leve.
El presente bando entrará en vigor el mismo día de su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal, y permanecerá vigente durante todo el periodo estival, pudiendo reiterarse las actuaciones inspectoras cuantas veces sea necesario.
Lo manda y firma el Alcalde, para general conocimiento y cumplimiento.
EL ALCALDE
SANTIAGO ALARCÓN LOZANO

ente que, en caso de incumplimiento voluntario de esta obligación, el Ayuntamiento procederá a la ejecución forzosa y subsidiaria de las labores de limpieza, girándose el coste de las mismas a los propietarios obligados, sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador por infracción leve.
El presente bando entrará en vigor el mismo día de su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal, y permanecerá vigente durante todo el periodo estival, pudiendo reiterarse las actuaciones inspectoras cuantas veces sea necesario.
Lo manda y firma el Alcalde, para general conocimiento y cumplimiento.
EL ALCALDE
SANTIAGO ALARCÓN LOZANO


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